Andrea Muñoz

Los tipos de contrato de arrendamiento en Colombia

Un contrato de arrendamiento es un acuerdo en común entre un arrendatario y el arrendador, en donde se cede el beneficio de un bien y se establecen tratos sobre el inmueble por un tiempo determinado con posibilidad de renovación. Los contratos se pueden llevar a cabo de manera verbal o por escrito, en donde dos partes se ponen de acuerdo y aclaran puntos para su cumplimiento. Aun así, es recomendado por los expertos que el contrato se encuentre estipulado en papel. Según la ley, existen diferentes tipos de contrato de arrendamiento en el país, en donde se establecen condiciones según la estructura de la vivienda y las necesidades del arrendatario: Individual: Es el más común, es cuando una persona o núcleo familiar recibe para su alojamiento una casa o apartamento en arriendo. Esto quiere decir que el inmueble se dispone para un único arrendatario. Este también aplicaría para los inmuebles con fines comerciales, como el arriendo de oficinas. Mancomunado: Cuando dos o más personas disfrutan del alojamiento de un inmueble en arriendo; y una se compromete de forma solidaria a figurar como el deudor principal para el pago del canon de arrendamiento. Un ejemplo sería cuando un grupo de amigos deciden vivir juntos en un mismo inmueble. Compartido: En esta clase de contrato de arriendo el inmueble tiene un uso compartido entre el arrendador u otros arrendatarios. Esta es una situación muy común, se presenta cuando el arrendatario cuenta con una propiedad amplia y decide adaptarla para arrendar determinada parte del inmueble, puede ser un piso completo, que funciona como apartamento. De pensión: Es aquel donde lo que se alquila es una parte de la propiedad que no es independiente, se incluyen servicios, usos adicionales y, por lo general, se pacta por un tiempo inferior a un año. Un ejemplo sería el alquiler de una habitación. En SMV brindamos asesoría jurídica para llevar a cabo el proceso de arrendamiento de un inmueble, es importante tener conocimiento sobre el tema para no tener complicaciones en un futuro. Si estas interesado puedes comunicarte al +57 316 7293794.

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El salario mínimo para el 2022 en Colombia quedó en $1.000.000 M/L más auxilio de transporte

El salario mínimo mensual legal vigente en Colombia para el 2022 se definió entre el gobierno nacional, líderes de sindicatos de trabajadores y empresarios, con un incremento del 10.07%. De este modo, el salario mínimo pasó de ser de $908.456 M/L en 2021 a $1.000.000 M/L para el 2022, con un aumento de $91.474 M/L. “Se está haciendo historia en Colombia, se ha logrado el aumento real del salario mínimo más importante en casi 50 años y el aumento nominal más importante de este siglo, estamos hablando de un aumento de 10,07 % en el componente salarial y también de 10,07 % en el auxilio de transporte”, expresó el presidente de la República, Iván Duque, en el marco de la firma del acuerdo. En SMV te contamos el concepto y el incremento para el 2022 Salario mínimo legal 2022                                          1.000.000 Incremento                                                                  91.474 (10,07%) Por día (SMLV)                                                           33.333,33 Por hora                                                                      4.166,67 Hora extra diurna (SMLV)                                           5.208,33 (25%) Hora extra nocturna (SMLV)                                       7.291,67 (75%) Por hora en domingos y festivos                                 7.291,67 (75%) Hora extra festiva diurna                                            8.333.33 (100%) Hora extra festiva nocturna                                        10.416,67 (150%) Jornada sin recargo (diurna)                                      6:00am a 9:00pm Jornada con recargo (nocturna)                                 9:00pm a 6:00am Auxilio de trasporte                                                    117.172 (10,07%) Información subministrada del Ministerio de Trabajo

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Inversión de vivienda propia por parte de los jóvenes después de la pandemia

En los últimos años se ha escuchado mencionar que los jóvenes encuentran más interés en viajar y vivir experiencias que adquirir propiedades, construir una familia o casarse. Aunque este pensamiento había tomado fuerza, se ha encontrado que, en lo recorrido del 2021, según cifras del Gobierno Nacional, han aumentado las solicitudes de subsidios para adquirir vivienda propia por parte de los jóvenes, ya que el 41% de dichas solicitudes son por parte de personas entre 18 y 28 años. Las razones que pueden haber influido en los jóvenes para sentirse motivados a comprar una vivienda propia después de la pandemia, pueden deberse al creciente desempleo desencadenado del estado de emergencia que afrontó el país, pues los jóvenes pueden analizar que el tener una vivienda propia ayuda y trae beneficios para afrontar de una mejor manera esta clase de situaciones. Además, la implementación del trabajo en casa obligó a crear y mantener una convivencia en el entorno familiar de los hogares del país, lo que podría llevar a las personas a cuestionarse y motivarse a conseguir su independencia y a proveerse un espacio más cómodo para realizar su trabajo. El cierre de fronteras y las restricciones para viajar coartaron la libertad de movilidad a la sociedad en general, y especialmente a esta población, llevándola a visionar otras prioridades para la inversión de sus ingresos diferentes a las experiencias y los viajes. Por otra parte, los actuales programas y subsidios del Gobierno enfocados a brindar facilidades a los jóvenes logran y vuelven muy atractiva la opción de comprar vivienda en Colombia. En SMV contamos con un grupo de abogados listos para ayudarte con cualquier trámite legal inmobiliario. Contáctanos a nuestra línea de WhatsApp 316 729 3794.

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Derechos Humanos

El pasado 10 de diciembre fue el día internacional de los Derechos Humanos fundamentales que consagra la Constitución Política de 1991, estos son los que pertenecen a toda persona en razón a su dignidad humana. De allí se pueda afirmar que tales derechos son inherentes al ser humano; es decir, los tiene desde el mismo momento de su existencia. Lo fundamental de un derecho no depende sólo de la naturaleza del derecho, sino que se deben considerar las circunstancias particulares del caso. La vida, la dignidad, la intimidad y la libertad son derechos fundamentales dado su carácter inalienable. Éstos, se encuentran regulados en el Título 2, Capítulo Primero, desde el Artículo 11 al 41 de la Constitución Nacional. Debemos establecer que los derechos fundamentales y los derechos humanos se diferencian, principalmente, en una cosa: el territorio de aplicación. Los derechos fundamentales están incluidos en la Constitución o carta de derechos de cada país; por su parte,los derechos humanos no tienen limitación territorial.  Lista de los derechos fundamentales según la Constitución de 1991 Derecho a la vida: el derecho a la vida es inviolable. No habrá pena de muerte. Dignidad humana: nadie será sometido a desaparición forzada, a torturas ni a tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. Libre desarrollo de la personalidad: todas las personas tienen derecho al libre desarrollo de su personalidad sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los demás y el orden jurídico. Libertad de expresión y pensamiento: toda persona tiene libertad de expresar y difundir su pensamiento y opinión. Igualdad ante la ley: todas las personas nacen libres e iguales antes la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades. Libertad: toda persona es libre. Nadie puede ser molestado en su persona o familia, ni reducido a prisión o arresto, ni detenido, ni su domicilio registrado, sino en virtud de mandamiento escrito de autoridad judicial competente, con las formalidades legales y por motivo previamente definido en la ley. Entre otros derechos humanos fundamentales de Colombia según la constitución de 1991. En SMV contamos con un grupo de abogados listos para ayudarte con cualquier trámite legal o asesoría jurídica, contáctanos a nuestra línea de WhatsApp 316 729 3794.

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¿Sabes qué es y para qué sirve la Permuta?

  Cuando se hace referencia al Contrato de Permuta lo primero que se viene a la mente es el intercambio de una cosa por otra, pero este contrato tiene más alcance jurídico de las que se puede pensar. EL Código Civil Colombiano lo regula, específicamente, en los artículos 1955 a 1958, definiéndolo así: “la permutación o cambio es un contrato en que las partes se obligan mutuamente a dar una especie o cuerpo cierto por otro”. Es decir, cada uno de los contratantes esta obligado a entregar el derecho de propiedad que tiene sobre una cosa, para poder adquirir el derecho de propiedad de otra, presentándose un intercambio de “dominios” sobre dos bienes distintos que pueden ser de similar o de menor valor, o también se le suma una cantidad de dinero hasta completar el precio total del contrato. El contrato de permuta se perfecciona con el simple consentimiento de ambas partes (consentimiento que debe ser voluntario) y se solemniza con su firma o escritura pública cuando haya lugar a ella. Sus principales características son: Bilateral: genera obligaciones para ambas partes. Único y principal: no depende de otro contrato para existir. Oneroso: pese a que se refiere a objetos intercambiables entre sí, esos objetos están sujetos a un gravamen, por lo tanto, esto automáticamente le otorga dicho carácter, ambas partes deben responder por los daños ocultos de los diferentes elementos, en otras palabras, este contrato puede ser finalizado ejerciendo la Acción Redhibitoria. En este tipo de contratos se puede generar el “reembolso por valor agregado”, esto se refiere a que cuando una de las dos cosas valga más que la otra, la persona que este permutando el bien de menor valor debe reembolsar el valor que haría falta para compensar el valor agregado de la otra cosa permutada. En SMV contamos con un grupo de abogados listos para ayudarte con cualquier trámite legal. Contáctanos a nuestra línea de WhatsApp 316 729 3794.

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¿Conoces la ley que busca que en las escuelas se ofrezcan alimentos saludables?

Según la LEY No. 2120 del 30 de julio de 2021, se adoptan diferentes medidas para fomentar entornos alimentarios saludables y prevenir enfermedades no transmisibles, en SMV te contamos el énfasis que tiene el artículo 9 de la presente ley. ARTÍCULO 9°. Promoción de entornos saludables en espacios educativos públicos y privados. En el marco de la formulación y coordinación del Plan Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional, la Comisión Intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional promoverá entornos saludables en los espacios educativos públicos y privados, para tal efecto: Articulará acciones que propendan al acceso de la comunidad educativa a agua potable en las instituciones educativas del territorio nacional. Fomentará y promoverá la alimentación saludable y balanceada; y el consumo de frutas, verduras y demás productos de producción local, en el entorno educativo. Desarrollará y articulará acciones pedagógicas dirigidas a la comunidad escolar sobre la alimentación balanceada y saludable. Establecerá estrategias informativas, pedagógicas y campañas educativas sobre la lectura de etiquetado nutricional. Información suministrada de www.funcionpublica.gov.co/

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Ley de Borrón y Cuenta Nueva comenzó a regir oficialmente en Colombia

El presidente de Colombia Iván Duque sancionó la Ley de Borrón y Cuenta Nueva, la cual entró en vigor desde el pasado 29 de octubre del 2021 “con esta ley se beneficiarán cerca de 10 millones de colombianos, que se encuentran reportados en centrales de riesgo y que podrán restablecer calificación positiva para acceder a créditos de vivienda, educación o adquisición de bienes” expresó Iván Duque por medio de su cuenta de Twitter. Esto quiere decir que, a partir de ahora, todos los ciudadanos que tienen reportes negativos podrán recuperar su historial crediticio. Se debe de tener en cuenta que este proyecto contempla una amnistía de una sola vez, es decir, se dispone un plazo de un año luego de aprobada la ley para que las personas puedan cubrir sus deudas y se pongan al día. Una vez esto pase, saldrán de las diferentes bases de datos de las centrales de riesgo en un plazo máximo de seis meses. En SMV contamos con un grupo de abogados listos para ayudarte con cualquier tramite legal. Contáctanos a nuestra línea de WhatsApp 316 729 3794.

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Las mascotas serán consideradas por un juez como un hijo en caso de divorcio.

Las mascotas para algunas personas son consideradas como parte de la familia y cada vez más son tratadas como si fueran un hijo. En España el Congreso aprobó que sean considerados por un juez como un hijo más en caso de divorcio. En este sentido, las mascotas tendrán el mismo derecho que los hijos en los procesos de divorcio de una pareja y un juez tendrá que determinar la custodia de los animales si la expareja no llega a un acuerdo. Legalmente dejarán de ser bienes muebles o cosas y pasarán a ser sintientes esto quiere decir que son “seres vivos dotados de sensibilidad”. De esta manera el juez deberá determinar, los regímenes de custodia, las visitas u otras medidas cautelares como la manutención. ¿Te gustaría esta nueva ley en Colombia?

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¿Sabes cómo funciona la amnistía de la Ley “borrón y cuenta nueva”?

Quienes paguen sus deudas y sigan reportados en centrales como Datacrédito o TransUnion podrán salir de los registros negativos luego de seis meses de haber estado reportados, es importante mencionar que, esto se otorga si se ponga la deuda en los primeros 12 meses de vigencia de la ley, pudiendo acceder a esta amnistía una sola vez. Sin embargo, si alguien canceló su deuda tres meses antes de la sanción presidencial, esperará solo tres meses. Mientras que aquellos que pagaron seis meses o antes de la sanción presidencial (que a la fecha aún no ha ocurrido), serán eliminados del reporte una vez entre en vigencia la norma. El requisito es que hayan figurado reportados durante seis meses. Cabe destacar que, esta figura aplica exclusivamente sobre los datos negativos, de modo que los datos positivos permanecerán en las bases de datos de las centrales. Este beneficio aplica tanto para aquellos que paguen cuotas atrasadas, como para quienes renegocien la deuda o cuyas obligaciones prescribieron.  ¿Aplica solo para deudas bancarias? No, aplica para deudas de todo tipo: de servicio, con bancos, con cooperativas y comercios, es decir, toda deuda que pueda llevarlo a estar reportado en una central de riesgo. Esto incluye a quienes han comprado electrodomésticos a cuotas, quienes tienen deudas con el Icetex o deben dinero a operadores de telefonía móvil, entre otros. Tampoco hay diferencia si la deuda fue adquirida hace más de 10 años o hace un año. Todas tienen posibilidad de amnistía. En SMV contamos con un grupo de abogados listos para ayudarte con cualquier trámite legal. Contáctanos a nuestra línea de WhatsApp 316 729 3794.

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Ley “borrón y cuenta nueva”

El pasado 25 de agosto con la ponencia del magistrado Alejandro Linares, la Sala Plena de la Corte Constitucional le dio luz verde al proyecto de ley estatutaria 062 de 2019, ‘borrón y cuenta nueva’ a esta solo le hace falta la sanción presidencial. La norma otorga ciertas gabelas para que los colombianos que han sido reportados negativamente en centrales de riesgo se pongan al día con la cancelación o renegociación de sus deudas, teniendo una amnistía por una única vez, lo que haría que salgan de las bases de datos de dichas centrales en máximo seis meses. Este es un proyecto que beneficiará a entre siete y ocho millones de personas para que puedan volver a acceder a productos financieros de manera formal. ¿Qué pasará con los reportes que se registraron en pandemia? “Con esta nueva ley, serán eliminados los reportes negativos causados entre el inicio de la emergencia sanitaria causada por el covid-19 y el 31 de diciembre de 2020, solo si los titulares intentaron una reestructuración de la obligación. Ahora bien, de continuar la mora posteriormente al 31 de diciembre de 2020, sí se reanudará el reporte”. Indicó El Tiempo. En SMV contamos con un grupo de abogados listos para ayudarte con cualquier tramite legal. Contáctanos a nuestra línea de WhatsApp 316 729 3794.

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